Antonio Baylos da pié a esta conversación. Se trata de un fragmento de su
ponencia en la Fundación
de Investigaciones Marxistas (Madrid, 1 de junio de 2012) en el seminario sobre Bruno Trentin.
Tiene la palabra, pues, Antonio Baylos.
Tiene la palabra, pues, Antonio Baylos.
He aquí algunas ideas para debatir:
La primera, es la relativa a la relación directa entre la
conquista de la libertad y los derechos democráticos y la carencia de derechos
en la concreta realización del trabajo.
Es decir, que la temática de la liberación del trabajo
resulta casi siempre relegada a un campo secundario de la acción política y
social, una temática “periférica” en las ideologías dominantes de los
movimientos reformistas, a lo sumo una especie de fin último del proceso de
emancipación, “la última lejana frontera de la democracia”. Es por tanto una
carencia importante del programa político de las izquierdas. La búsqueda de la
ampliación de la democracia no puede detenerse en el umbral de la “sociedad
civil” y de los “lugares privados” del trabajo.
La desconexión de la problemática de la libertad y de la
democracia del despotismo industrial o laboral en los programas de reforma
política. En éstos, el eje se basa en los derechos civiles, ligados a una
persona sin que se tenga en cuenta su posición subalterna derivada del trabajo
(incluso cuando se habla de aspectos clásicamente laborales, que se presentan
como un “decorado” que ampara el ejercicio de un derecho “cívico”, como pasa
con la Ley Orgánica
para la Igualdad
Efectiva de Mujeres y Hombres). O incluso, en negativo, los
movimientos alternativos de radicalización democrática, que no contemplan el
espacio laboral como un territorio de posible emancipación, posiblemente por
considerar que el trabajo asalariado es un terreno absolutamente incompatible
con los instrumentos democráticos, una especie de repulsión implícita entre
organización del trabajo y democracia. Incluso se da la percepción
contradictoria que los mismos que exigían una mayor democracia en el espacio
público, consideran que “tener trabajo” es un privilegio, de manera que
centrándose en el salario como elemento de ventaja social, descartan la
situación de subordinación no democrática y de violencia en las relaciones
laborales como problema o como territorio de acción política.
Lo anterior explica la dificultad de un discurso político
sobre la violencia de la explotación como pérdida de la identidad ciudadana.
Es decir, la “compartimentación” de la ciudadanía social
en el espacio público – social, en el ámbito de las prestaciones públicas -
económicas o de servicios – pero sin que se considere la posibilidad de
establecer un estatus de ciudadanía en los lugares de trabajo. La cuestión es
más grave ante las transformaciones o mutaciones del trabajo que lo descualifican,
lo externalizan, lo fragmentan y lo precarizan.
Normalmente sin embargo, el estatus de ciudadanía (esta
vez laboral, no tanto social) no se fija en el trabajo sino en el empleo. Es
decir, se busca la calidad y cantidad de empleo (hacia el pleno empleo como
orientación final) y se reivindica como principio básico el de la estabilidad
en el empleo. El empleo estable es la condición para gozar los derechos
laborales – legales y convencionales – derivados de la permanencia en el
trabajo, pero también los propios derechos de protección social. Por eso las
interesantes aportaciones a la “reunificación” de las distintas formas
flexibles del trabajo, garantizando el control de la temporalidad en la entrada
y defendiendo el control y las garantías de empleo en la salida.
Hay sin embargo ejemplos de que en la crisis se consigue
realizar un cierto ligamen entre ciudadanía social y organización del trabajo,
demostrando la relación directa entre las condiciones de organización el
servicio público y la calidad en el mismo. La huelga de la enseñanza, que
además ha logrado una agregación de intereses colectivos no sólo sindicales, ha
incidido en las condiciones de la organización del trabajo de los docentes como
la clave de la prestación pública del servicio público de la educación.
Existen sin embargo muchas experiencias en las que los
sujetos colectivos afrontan problemas organizativos y de control de las
decisiones del empresario. Pero muchas de ellas están perjudicadas por la
consideración ambivalente que tiene en la cultura sindical actual la
negociación colectiva sobre la determinación del trabajo concreto.
Ciertamente que hay muchas experiencias que abordan esta
área, pero de forma muy ambivalente. Por ejemplo porque en la cultura de muchos
trabajadores y colectivos, los derechos de información y consulta se inscriben
más en una lógica adhesiva que participativa o contractual. Las experiencias de
flexibilidad contratada son débiles o funcionalizadas a las exigencias
organizativas de las empresas. A ello se une la carencia de desarrollo de
instrumentos de codeterminación sobre la base de un discurso que legitima la
contratación colectiva que no alcanza el núcleo central de las potestades de
organización del trabajo, como demuestra la falta de desarrollo del art. 129
CE.
En los momentos actuales, las reformas legislativas de
muchos países de la UE
pretenden obstaculizar la negociación colectiva de sector y favorecer la que se
desarrolla a nivel de empresa. Eso hace que la flexibilidad contratada interna
se reconduce a la empresa o centro de trabajo como eje de regulación, a través
de la llamada “negociación colectiva de proximidad” como se denomina en la
experiencia italiana, que supone realmente la utilización en una dirección
autoritaria y unilateralista de los instrumentos colectivos que además se
“des-sindicalizan”.
Además de ello, se produce la exclusión legal de la huelga
como forma de presión que emplee las características peculiares de la
organización del trabajo en un sentido alternativo.
La problemática del abuso de derecho, la prohibición de
huelgas rotatorias o servicios estratégicos, pero también la utilización de las
relaciones civiles y mercantiles contra el ejercicio del derecho de huelga son
buena muestra de ello. En general, una fuerte tendencia empresarial sobre el
“gobierno” del conflicto, impulsa toda una serie de medidas que buscan la
continuidad de la producción en caso de huelga, y las ligan para justificarse
en la intangibilidad atemporal de la organización del trabajo incluso en época
de huelga.
Junto a ello, es evidente que el discurso ha penetrado en
el imaginario colectivo de tantos trabajadores. Hay así dificultades
en la percepción de los trabajadores que manifiestan un rechazo cultural –
ideológico a la perturbación del proceso productivo por la huelga y en especial
si la huelga implica una fuerte desorganziación del convenio.
Pero este es un terreno en el que hay muchos aspectos
debatidos y algunas experiencias interesantes, sobre las formas nuevas y viejas
de expresión del conflicto social. La limitación del poder del empresario
durante la huelga y los medios para neutralizar sus decisiones han sido
discutidos en sede sindical y por los juristas del trabajo, aunque la penosa
situación de empleo puede una vez más imponer por necesidad un reforzamiento
del músculo autoritario del empleador frente al conflicto. Pero por otro
lado, a huelga general ha originado experiencias nuevas de estar en las plazas
y en las calles el día de huelga. Huelga general de trabajadores, no ya la huelga
nacional política como la que tuvimos el 14 de diciembre de 1988 entre
nosotros.
Habla un servidor, JLLB
Queridos amigos Antonio y Paco, el defectuoso encaje de
los derechos sociales en un sistema de libertades políticas viene de muy
antiguo. Recuerdo la impresión dolorosa que me produjo, hace ya muchísimos
años, la lectura de un libro sobre la Revolución francesa: en 1791 la ley Le Chatelier
define las asociaciones obreras como delictivas y, en consecuencia, el derecho
de huelga. En susbtancia, poca diferencia con la sentencia de Lord Mansfield, presidente del Tribunal
Supremo del Reino Unido, en el último tercio del siglo XVIII: “los sindicatos
son conspiraciones criminales inherentemente y sin necesidad de que sus
miembros lleven a cabo una acción ilegal”. El argumento se basa en que tales
asociaciones intentan alterar el precio de las cosas, es decir, los
salarios.
De ahí podemos sacar una primera conclusión que tantas
veces hemos comentado: sólo y solamente con la acción de masas organizada se ha
conseguido la extensión de los derechos sociales. ¿Podríamos decir, entonces,
que así las cosas, el trabajador, en tanto que tal, siempre tuvo una ciudadanía demediada? La segunda conclusión es el persistente énfasis de Bruno
Trentin en que la libertad siempre es lo primero. Esto es, la libertad también en el centro de trabajo.
La clave de la ademocraticidad de la empresa la expuso
Umberto Romagnoli cuando afirma, yendo al nudo de la cuestión, que el problema
está en que “en ella no se produce la alternancia de poderes”. Lo que propone
una serie de problemas de mucha enjundia en la relación entre el “territorio”
del centro de trabajo y el “territorio de la democracia”. Que motivó a Norberto
Bobbio, que no era marxista precisamente, a afirmar que “la democracia no había
entrado en la fábrica”, algo que repitió nuestro Marcelino Camacho. En la
fábrica y en el centro de trabajo han entrado cachos de democracia solamente. Cachos de democracia muy
importantes, por supuesto. Pero siempre a condición de no impugnar el uso de la propiedad sino el abuso. Esa fue la lucha tesonera que nos
dejaron nuestros mayores, y ese fue el testimonio que pusimos en movimiento los
sindicalistas de mi quinta.
El problema, querido Antonio, es que los sindicalistas de
hoy (y la izquierda de hoy) viven en un cuadro totalmente distinto de aquello
con lo que nos enfrentamos Paco Rodríguez de Lecea y un servidor. Las
gigantescas transformaciones, en las que siempre insiste el maestro Trentin,
han generado un nuevo territorio en
el centro de trabajo. Este nuevo centro
de trabajo tiene lógicamente nuevas situaciones que no van acompañadas por
nuevos derechos. Perviven, eso sí, los viejos derechos (los que no se eliminan
por las sucesivas contrarreformas laborales) pero las nuevas realidades no
tienen el contrapoder de los bienes democráticos por utilizar la lúcida
expresión de Gerardo Pisarello. De manera que el sindicalismo de tutela, así las cosas, anda cojo, y el
trabajador más demediado. Por aquí entiendo que debería enriquecerse el debate
que existe entre el sindicato y el iuslaboralismo. Desde luego, es magnífico el
trabajo que os traéis entre manos Rodolfo Benito, Joaquín Aparicio y tú mismo, entre otros.
Por lo demás, todavía estoy maravillado de la iniciativa y
del activismo de Eddy Sánchez, el alma de la Fundación de
Investigaciones Marxistas, que puso en marcha el seminario sobre Trentin. Muy
agradable, y como colofón la amigable conversación presidida por nuestro Juan
Trías Vejarano a quien hacía años que no
veía. Cuando lo veas hazme el favor de saludarlo.
Habla Paco Rodríguez de Lecea
Confieso para empezar, sin la menor intención de retórica, mi
admiración que viene ya de antiguo por el profesor Baylos, y el temblor que me
produce entrar en este inesperado diálogo a tres bandas. Querido Antonio,
querido José Luis, habéis descrito con crudeza la situación en que se encuentra
el trabajo heterodirigido en nuestra sociedad democrática: la violencia de la
explotación laboral, nos dice Antonio, conlleva la pérdida de la identidad ciudadana
del trabajador. Todo el entramado de derechos democráticos contenidos en
nuestro ordenamiento que se resume en la noción de civilidad, por paradoja sólo
tiene vigencia fuera del centro de trabajo. En el puesto de trabajo mismo, la
condición del ciudadano sufre una amputación: su libertad queda limitada, su
opinión no tiene valor, su esfera de autonomía se reduce a mínimos penosos. No
es posible encontrar dentro de la empresa ni siquiera la sombra de la igualdad
que predica la constitución.
Es curioso que una situación así se considere natural e
inamovible no sólo por parte de los empresarios, la parte ‘beneficiada’, sino
también por parte de los trabajadores y sus sindicatos. Ha habido experiencias
de intervención sindical con la mira puesta en el ‘puente de mando’ en el que
se generan las decisiones empresariales; pero esas experiencias han sido
discontinuas y ambivalentes. En general, ha tomado cuerpo generalizado la
opinión de que entre la organización del trabajo y la democracia existe una ‘repulsión
implícita’ (uso tus mismas palabras, Antonio).
Esta es una de las herencias del taylorismo; pero ya no estamos
dentro de los parámetros del taylorismo. La explosión de la ‘fábrica’, la
multiplicidad de formas que está adquiriendo el trabajo subordinado, las
exigencias derivadas de un nuevo escalón tecnológico en el que priman la
agilidad en la toma de decisiones y la rapidez y descentralización de las
respuestas en los procesos de producción de bienes y de servicios, abren la
puerta a nuevas reivindicaciones de los trabajadores relativas a las formas de
organizarse el trabajo en un ‘territorio’ del centro de trabajo que como tú,
José Luis, señalas, se ha modificado ya sustancialmente. Y sigue modificándose
con suma rapidez.
Resulta como mínimo sorprendente el hecho, que también
mencionas, Antonio, de que en los programas de los partidos y las
organizaciones diversas de la izquierda, incluida la llamada izquierda radical,
este tema aparezca en todo caso como horizonte último, pero nunca en el orden
del día de las propuestas. Incluso quienes llaman a la liberación ahora, se
refieren a una liberación fuera, aparte del trabajo. Es tan dramática la
diferencia entre quienes cuentan con un trabajo fijo y quienes no lo tienen,
que se obvia toda discusión sobre las condiciones y las formas de organización
del empleo existente. Y sin embargo, es la intervención sobre la organización
del empleo existente lo que podría dar un vuelco a la actual situación de
trabajo escaso, de trabajo basura, y ser la fuente de creación de nuevos
empleos desde una lógica y una racionalidad distintas.
Y todo ello desde la constatación de que no existen trabas
legales explícitas que impidan abordar desde la perspectiva sindical y política
estos temas. Hay nubarrones negros en el horizonte; están apareciendo en
diversos países iniciativas legislativas tendentes a fragmentar y
des-sindicalizar la negociación colectiva, a limitar o prohibir en ciertos
casos el derecho de huelga. Cierto. Pero los derechos civiles, esos que no se
aplican dentro de la empresa por un extraño consenso implícito entre las
contrapartes, siguen estando ahí, listos para ser esgrimidos también en el lado
de dentro de las puertas de la empresa. Algunas piezas de nuestro ordenamiento
dan pie a la posibilidad de desarrollos dirigidos a ampliar el ámbito de
intervención de los asalariados en la organización de la producción y en la
toma de decisiones. Faltan aún las propuestas concretas: ayudar a elaborarlas
sería, como tú, José Luis, señalas, un excelente terreno de encuentro y de
colaboración entre el sindicalismo y el iuslaboralismo.
Y después de todo, también hay que considerar que un contexto de
crisis política, económica y social tan profunda como la que vivimos, puede
conllevar oportunidades preciosas para hacer avanzar iniciativas que aporten
aires frescos de cambio, siempre partiendo de la base de unos esfuerzos
compartidos por todos.
Poldemarx, 3 de Junio de 2012
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