viernes, 18 de marzo de 2011

UN DESCUIDO EN ESTA REFORMA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA



Ya veremos en qué queda el asunto de la reforma de la negociación colectiva. En todo caso todo el itinerario de estas conversaciones indica lo que, en mi opinión, es una fuerte limitación del proyecto final, si es que lo hay. Me refiero al tabú de la representación, esto es: de los sujetos negociales que intervienen en los convenios colectivos.


Digamos las cosas con moderada sintaxis: las organizaciones sindicales están negociando un texto con la patronal para abrir un escenario diverso, pero siguen siendo intocables los actores principales de la cosa negocial, a saber: los comités de empresa. O séase, el sindicato establece la arquitectura para que los comités de empresa (que, como se sabe, no son sindicato) se pongan manos a la obra.


No hace falta que se me diga que viene, de algunos años acá, una práctica en la que los sindicatos, en tanto que tales, negocian directamente en los centros de trabajo. Pero, es sabido, que sólo se da en la gran empresa. Lo que equivale a constatar que muy mayoritariamente el actor principal de las negociaciones sigue siendo el comité. Para entendernos, estas conversaciones no abordan un tema tan notable como el de la representación. Que sigue pendiente ad calendas graecas. Más todavía, el protagonista de lo que se pretende reformar sigue siendo un sujeto (noblemente) envejecido. Como no es cosa de agobiar al personal, me limitaré a referir a quien esté interesado en saber qué entiendo por envejecimiento de dichos instrumentos que le eche un vistazo a la plática que sostuvimos Antonio Baylos y un servidor en
UNA CONVERSACION PARTICULAR. Donde, desde posiciones amistosamente contrarias, debatimos el asunto. No se recomienda la lectura a los propensos al ataque de miocardio.

2 comentarios:

Unknown dijo...

Supongo que esta circunstancia está implícita en la negociación. O debería estarlo. Como ejemplo vale la pena tener presente el texto el Estatuto Básico de los empleados públicos (EBEP)donde se dice claramente que los sujetos que deben negociar son los sindicatos y no los comités de empresa (con algún matiz que sería largo de explicar). Lo cual me parece acertado, aunque en ocasiones dificil de explicar, por ejemplo cuando quién está en el comité es una representación de independientes sin ningún sindicato detrás (ya sabemos de qué hablamos en la mayoría de los casos). Para mi estaría bien que los comités de empresa y los delegados de personal desapareciesen a favor de las secciones sindicales y de los delegados sindicales (los que surgen a través de la LOLS), es decir, como sabes: el sindicato dentro de la empresa. Supongo que el problema estriba en el modelo de democracia en el momento de escoger a la representación sindical (técnicamente tampoco le veo demasiados problemas9.

Pepe Luis López Bulla dijo...

De acuerdo contigo, Aureli. El traslado de los comités al sindicato debería contemplar con reglas obligantes un elenco de participación de los trabajadores, afiliados y no afiliados. Entre otras.