Enrique Lillo, grande entre los
grandes, se dirige al mundo sindical con sabios y necesarias sugerencias. Sus
orientaciones tienen dos partes: la primera es la publicación del texto que ya
editó el profesor Baylos en su blog: EL GOBIERNO DEBE RATIFICAR LA CARTA SOCIAL REVISADA Y EL
PROTOCOLO ADICIONAL DE 1995; la segunda, la concreción que se desprende de ello. La
blog-esfera de Parapanda cumple con las pautas que indica el maestro.
A
continuación publicamos la carta de Lillo.
Estimados compañeros y compañeras:
Os envío esta nota y documentación dada la importancia que tiene desde el
punto de vista sindical la ratificación de la Carta Social Europea en su
integridad y el protocolo de reclamaciones colectivas que ha sido muy utilizado
por los sindicatos griegos y los sindicatos franceses, especialmente la CGT, y
creo que sería fundamental hacer presión a los grupo parlamentarios y al propio
gobierno para la ratificación de estos acuerdos internacionales.
Tened en cuenta, que el instrumento de
combate jurídico contra la reforma laboral más importante desde el año 2012, no
solo han sido algunas de las sentencias que sobre despido colectivo se han
logrado, sino el informe del Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de
Europa, crítico y opuesto al contenido de la reforma laboral.
De ahí la importancia que tiene la
difusión de estos documentos en el conjunto del sindicato y de la opinión
pública y la necesidad de presionar ante los grupos parlamentarios y
el gobierno para su urgente ratificación.
No solo es fundamental la ratificación
de la Carta Social en la versión actual y no solo en la de 1961, sino también
el protocolo de reclamaciones colectivas que permite que Comisiones Obreras o
un sindicato con implantación en España pueda acudir de manera directa e
inmediata, sin necesidad de agotar ninguna vía judicial previa, al Comité
Europeo de derechos Sociales del Consejo de Europa para que examine que una
concreta disposición legal o actuación jurídica o política contraviene el
contenido de la Carta Social Europea.
Asimismo hay que tener en cuenta que
estas resoluciones del comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de
Europa, tiene fuerza vinculante jurídicamente.
En nuestro ordenamiento legal y
constitucional la reglas contenidas en tratados internacionales, como es en
este caso, la Carta Social Europea, en los términos en que hayan sido
interpretados por el órgano internacional de aplicación, como en este caso es
el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa, tienen fuerza
jurídica vinculante inmediata para todos los tribunales de justicia españoles y
para el conjunto del Estado, de ahí la importancia política y social de la
ratificación, que nos puede suministrar un instrumento jurídico potente de
defensa de los intereses de los trabajadores.
De ahí que la ratificación debe ser, en
mi opinión, una consigna social y sindical.
Os adjunto correos electrónicos de Carmen Salcedo y enlaces a
documentación sobre la Carta Social Europea.
Tened en cuenta que Carmen Salcedo junto con Luis Jimena, que ha sido
Presidente del Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa, son
los que nos han suministrado mucha información sobre la importancia de la Carta
Social Europea y las resoluciones del Comité Europeo de Derechos Sociales y la
importancia sindical y jurídica de conocer el contenido de sus resoluciones e
informes.
Un
saludo
Enrique
Lillo Pérez
Gabinete Jurídico
Interfederal de C.S. de CC.OO.
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