miércoles, 27 de enero de 2016

La externalización y sus límites





Nota.--  Este trabajo de Miquel A. Falguera i Baró, Magistrado del Tribunal Supeprior de Justicia de Cataluña, es el colofón de su libro “La externalización y sus límites, publicado por la editorial amiga Bomarzo. Agradecemos la gentileza del señor Magistrado que nos lo ha enviado y al editor Luis Collado, padre noble de la izquierda castellano-manchega, que con mucho gusto ha accedido a la publicación en este blog.  



Miquel A. Falguera i Baró, Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña



Se antoja evidente que el legislador no puede hacer ya oídos sordos ante la realidad de la externalización. Por tanto: a él le corresponde empezar a hacer de “cartógrafo” y diseñar los lindes en que se puede acceder a la misma, así como el marco normativo regulador. Hasta la fecha nos ha dejado esa función a los jueces y tribunales, pero en base a normativas insuficientes y antiguas, lo que ha comportado todas las dudas aplicativas que se han esbozado en las páginas anteriores.

En esa tesitura me parece claro que cualquier propuesta legislativa en la materia debería pivotar sobre dos aspectos esenciales: por un lado la clarificación del marco normativo; por otro, la ampliación de las garantías de los trabajadores. El primero de dichos postulados parece tener una necesidad objetiva, como se desprende del contenido de estas reflexiones. Creo que en eso coincidiremos tirios y troyanos. Sin embargo, soy consciente de que el segundo aspecto garantista indicado puede ser discutible desde distintas vertientes. Intentaré justificarlo. Sin duda que el derecho de libre empresa determina que el empleador pueda organizar su realidad societaria y productiva como prefiera. Pero ése derecho constitucional –como ocurre con el resto de tutelas constitucionales- no es ilimitado, sino que debe ponderarse armónicamente con el resto de garantías recogidas en nuestra Carta Magna. En los últimos tiempos parece que el artículo 38 CE se ha elevado a equiparado a los derechos fundamentales o, incluso, suprafundamental, en tanto que el mismo se presenta por algunos como inmune a la colisión con otros derechos y valores constitucionales. Hasta ahora –como ha ocurrido en el sector de la construcción- el legislador ha acudido excepcionalmente a limitar el marco de aplicación del artículo 38 CE por razones de salud laboral y prevención de riesgos (art. 43 en relación al art. 15 CE). Sin embargo, las actuales circunstancias de precarización de las condiciones contractuales conllevan que –si se quiere cumplir con el mandato constitucional- deba empezarse a pensar en la colisión del derecho a la libre empresa con el derecho al trabajo y a la remuneración suficiente (art. 35 CE) La reciente huelga de técnicos de instalaciones de Movistar pone muestra que el emperador está desnudo: esa mercantil obtiene cuantiosas ganancias (el beneficio neto de Telefónica fue en el 2013 superior a los 4.500 millones de euros) y, sin embargo, las personas que trabajan para sus contratistas realizando funciones con una cierta cualificación perciben salarios de miseria (de 500 a 800 euros mensuales). Y ya no vale acudir a la falacia de la política de empleo: la experiencia de veinte años de reformas laborales y la visión comparada de otros modelos de relaciones laborales pone en evidencia que el dogma neoliberal sobre la necesidad de reducir costos salariales como mecanismo de creación de empleo es falsa. Se trata, meramente, de ideología (o, ni tan siquiera de eso: de simple redistribución negativa de rentas y de reversión del pacto welfariano). Y, además, de una ideología que no se adecua al mandato constitucional. Por tanto, parece llegada la hora ya de compaginar el contenido del artículo 38 CE con el del 35 CE. No deja de llamar la atención que cuando tanto se habla de dualización del mercado de trabajo se obvie que (entre otros elementos, en especial, la temporalidad) esa realidad surge esencialmente de la disgregación de condiciones laborales dentro de la misma empresa. Insólitamente la disgregación del colectivo asalariado se atribuye a las garantías de las personas con mayores tutelas.

Ya no se trata de cambios puntuales en el Estatuto de los Trabajadores. Abogo, por el contrario, por una ley integral reguladora de la descentralización y la organización de la empresa. Una ley que abarque tanto el fenómeno aquí tratado como otros conexos, es especial, el marco legal de los efectos de los grupos de empresa en el ámbito laboral. Es ésa la forma lógica de abrir un debate social respecto al marco jurídico regulador de la externalización. [ … ]




2 comentarios:

Karl Mill dijo...

Todo esto de las lindes de la externalización , no sé por qué, me recuerda ese fenómeno extraordinario, algunos hablan de milagro, del que seremos testigos en Asturias el próximo mes de Febrero.

Me refiero a la celebración, nunca mejor dicho, de las primeras elecciones sindicales en Dupont Ibérica. las primeras en un cuarto de siglo. ¿Qué ha pasado? ¿Cómo es posible este prodigio? Aquellos orgullosos "White collars" que decían que eso de los sindicatos era para menestrales, ¿qué se hicieron?

Bueno, lo que explica que más de setecientos técnicos , colegio electoral único -todo lo demás en la empresa está externalizado - descubran el sindicalismo de clase tiene que ver , me parece , con la fusión de Dupont y la Dow Chemical. Y como cantó el poeta : "Primero externalizaron el servicio de limpieza, y a mi me pareció bien.. Y al final me externalizaron a mí".

Hay otro prodigio en mi tierra, por cierto. Se llama Josep Maria Álvarez Suárez, que ha vuelto a llamarse José Maria como lo bautizó su madre...En fin...

David Navarra dijo...

A tenido lugar en pamplona una manifestacion historica q no ha tenido el merecido eco en los medios.
Apenas 30 segundos en canal 24h y una reseña en la web de la sexta.
Sin embargo ha acaparado las cabeceras de la prensa lical. Todos los partidos politucos, upn, eh bildu, pp, geroa bai, psoe, izquierda unida junto con todos los sindicatos, ccoo,ugt,ela,lab, cgt, esk,solidari, 100 ayuntamuentos y mas de 400 comites de empresa han ido juntos en una manifestacion.
Bajo el lema zf trw en defensa del empkeo en navarra, se ha trasladado la necesidad de que las instituciones democraticas intervengan para evitar 250 despudos en esa factoria, y el riesgo de cuerre en 3 años que afectaria hasta 620 empleos.
A la manifestacion se han adherdo las empresas alstom e icf qye estan afronrando procesos de cierre.
La manifestacion ha sudo multitudinaria, mas de 9000 personas.
Kas pretensiones de la misma pedir que el gobierno de navarra se reuna con vw oara evirar que sus producciines de durecciones del nuevo polo, que venian haciendose en zftew papliba, no se deslicalicen a polonia.
Que se inte al ministerio de indystria para q medue con el grupizf trw españa, y lkevar el conflucto al europarlamento, para li que se ke entrego una carta a la eurodipura paloma looez, presente en la manufestacion.
A zf trw ha venido un alto directivo experto en cerrar plantaa, soli la intervenciin de los entes publucos oueden frenar el abuso de poder.
Hazte eco admirado jose luus, pues es un claro ejempli del sindicato, y lis pideres publucos ante las multinacionales.
De lubro ka entrevista con el gerente en duario de navarra donde afirma que las reglas soli son necesarias sino hay co fianza