Carlos Mejía A.
Asesor CGTP (Perú)
El pasado 22 de junio se registró un
incendio en la Galería Nicolini en la zona de Las Malvinas, en
el centro de la ciudad de Lima, capital del Perú. Hasta este momento están
desaparecidos cuatro trabajadores de dicha galería comercial. Entre ellos están
identificados Jovi Herrera Alania de 20 años y Jorge
Luis Huamán Villalobos de 19 años y Luis Guzmán Taipe de
tan solo 15 años. Hay un cuarto trabajador que aún no ha sido identificado.
Todos ellos se desempeñaban como
trabajadores de la empresa JPEG SAC laborando en un contenedor metálico
acondicionado de manera irregular como taller, en donde remarcaban tubos de
neón para ser vendidos en dicha Galería. Ellos laboraban sin contratos de
trabajo, de lunes a sábado en jornadas de más de 11 horas pues ingresaban a las
7.00 am. y terminaban aproximadamente a las 6.30 de la tarde, cuando anochecía
pues el contenedor no contaba con luz propia. Por una semana de trabajo
recibían 100 soles, que equivalen a poco más de 30 dólares. No disponían
de baños, y solamente unos tragaluces superiores iluminaban algo el reducido
espacio.
Lo más trágico, es que el empleador
habitualmente cerraba el contenedor con un candado para impedir que los
trabajadores salgan antes de tiempo. Los cuatro trabajadores mueren pues cuando
se inicia el incendio, el empleador desaparece dejándolos encerrados.
El rol del Estado y la fiscalización laboral
En el Perú la Superintendencia Nacional
de Fiscalización Laboral cuenta a nivel nacional con 18 supervisores
inspectores, 98 inspectores de trabajo y 275 inspectores auxiliares. No existe
ni un solo inspector de trabajo en Loreto, Tumbes, Tacna, Ayacucho, Ica,
Lambayeque, Apurímac, Puno, Moquegua, Amazonas, Pasco, Huancavelica, Madre de
Dios y San Martín.
Mediante la Resolución de
Superintendencia N° 131-2015-SUNAFIL se establece el Plan del Cuadrante Inspectivo que se basa
en la sectorización por manzanas del ámbito distrital, sobre la base de la
información suministrada por el Instituto Nacional de Estadística e
Informática. En mayo del 2015, SUNAFIL inicia un plan piloto en el distrito de
La Victoria para fiscalizar puerta por puerta los centros informales. De esta
manera, se inspeccionaba galería por galería, piso por piso. Para fines del
2015 ya estaba aprobada la implementación de este plan de fiscalización
laboral.
Sin embargo, en febrero del 2016,
asume Sylvia Cáceres como superintendenta, (a pesar de
la oposición de la CGTP) y una de sus primeras acciones fue desactivar el Plan
del Cuadrante Inspectivo. El Sindicato Nacional de Inspectores Laborales señala
que con esta decisión se ha desarticulado el grupo de inspectores encargado
exclusivamente de fiscalizar la informalidad y se ha despedido a la persona que
estaba a cargo.
Por su parte, el Gobierno ha
dictado el DS N° 007-2017-TR del 31 de mayo del presente año
que modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo en tres
aspectos importantes: limita a una inspección al año respecto de una misma
empresa por un mismo caso. Es decir, ya no se puede hacer seguimiento de las
infracciones. En segundo lugar; cuando una empresa comete varias infracciones,
solamente se aplicará la multa más alta de manera que las otras infracciones
menores no serán multadas. En tercer lugar, se reducen los montos de las multas
en general.
Para rematar el actual gobierno plantea
un Proyecto de Ley N° 1437/2016-PE que impide las inspecciones
laborales cuando existen procesos judiciales sobre el caso denunciado. Es
decir, si una empresa es enjuiciada por una infracción laboral, mientras dure
el proceso (que puede ser varios años), no recibirá multas ni inspecciones.
“Las inspecciones laborales en el país
tienen una dinámica que se basa en denuncias recibidas de trabajadores. De este
centro comercial no hemos recibido denuncias de trabajadores, por lo tanto no
ha habido inspecciones a respuestas de situaciones irregulares manifestadas por
trabajadores. Ojalá hubiera habido para poder atenderlo antes de que esta
tragedia ocurriese", declara
el Ministro de Trabajo Alfonso Grados.
Ahora bien, debe recordarse que
legalmente el Ministerio de Trabajo y SUNAFIL tienen la “obligación” de
fiscalizar de oficio los centros que se presume están infringiendo las normas
laborales.
Por otro lado, descargar la
responsabilidad en los trabajadores por no denunciar su situación, es absurdo.
¿Trabajadores que por su precariedad económica se ven obligados a aceptar
condiciones inhumanas de trato van a estar en condiciones de ir al Ministerio
de Trabajo y poner una denuncia laboral arriesgándose a perder el trabajo y ser
marcados por todas las empresas de ese conglomerado?
¿Quiénes son responsables?
Hay muchos responsables, ciertamente. La
muerte de los cuatro trabajadores es consecuencia del proceso de desregulación
laboral que se viene implementado en el país desde fines de los años 80s y con
mayor fuerza durante la dictadura de Alberto Fujimori.
Actualmente las relaciones laborales en
el Perú se caracterizan por su precariedad. Predominan los contratos
temporales, cuando existen. Se trata de un mercado laboral ampliamente
desregulado, con varios regímenes laborales que en diversos sectores y por
diferentes razones han eliminado derechos laborales importantes. Los
trabajadores textiles y de agroexportación por ejemplo, pueden estar con
contratos temporales a lo largo de toda su vida productiva. Los trabajadores de
PYMES sólo gozan de 15 días de vacaciones y de media gratificación.
En general, la desregulación
desincentiva la afiliación sindical que actualmente se encuentra en alrededor
del 6% de la PEA Asalariada. La fórmula del crecimiento económico en el país
tiene entre sus ingredientes un Estado que no desea fiscalizar a las empresas y
más bien promueve el debilitamiento de los sindicatos. Sin sindicatos fuertes,
los pocos que logran desarrollarse enfrentan una dura oposición por parte de
los empresarios, que dilatan los procesos de negociación colectiva o persiguen
a los activistas sindicales. Al final del anterior gobierno, la CGTP señalaba que había más de 500
dirigentes sindicales despedidos ilegalmente.
Los gremios de empresarios, como la
Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP), junto
con la Cámara de Comercio de Lima y la Sociedad Nacional de Industrias han
defendido públicamente el modelo de libre mercado y desregulación laboral. Se
habla de lobbys pro-empresa que inciden en las altas esferas del gobierno para
mantener la actual legislación laboral y para impedir que se cambien por leyes
a favor de los trabajadores que restablezcan por ejemplo la estabilidad laboral
o impongan mayores niveles de regulación laboral.
En julio del 2014, el lobby logró que el
gobierno modifique sustancialmente la Ley 29783 de Seguridad y Salud en el
trabajo mediante la Ley 30222. Entre otras cosas se cambió el Articulo 168-A
incluyendo nuevas condiciones para la responsabilidad penal del empleador en
caso de accidente con lesiones graves o muerte del trabajador. Con la
modificación debe demostrarse que la falta sea deliberada, reiterada, que la
autoridad haya notificado de la misma y que el empleador pudo prever las
mismas.
También el Alcalde de Lima tiene
responsabilidad al permitir que se instalen contenedores como lugares de
trabajo y si bien el edificio fue administrativamente clausurado, no se dio el
seguimiento respectivo y los dueños del mismo seguían operando tranquilamente.
Esto es así, porque todos los actores
tienen la certeza de su impunidad. Los empresarios pueden operar en edificios
clausurados y encerrar con candados a los trabajadores porque saben que la
autoridad municipal y ministerial no los va a molestar.
La desregulación laboral precariza el
empleo, debilita los sindicatos y reduce la fiscalización laboral. El incendio
y muerte de los trabajadores en la Galería Nicolini no fue un hecho fortuito o
azaroso. Hay una responsabilidad directa de los empresarios que explotan y
encierran trabajadores, pero también el Estado a través del Ministro de Trabajo
y la Superintendenta de Fiscalización, así como el alcalde de Lima son
responsables indirectos. También los gremios empresariales que siguen
considerando que no deben existir obstáculos, -es decir, derechos laborales-,
para acceder a mayores utilidades.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.