El profesor
Gerardo Pisarello define las conquistas del Estado de bienestar como «bienes
democráticos». Esto es, les da un tratamiento similar a los derechos que –como
las libertades políticas, civiles y sociales--
están contemplados en la Constitución.
Quedamos , pues, en que unos y otros son bienes democráticos. Lo que me lleva a la siguiente consideración
y, posterior, propuesta.
Sería
impensable (al menos por ahora) que un gobierno, por muy termidoriano que
fuera, intentara abolir o “privatizar” determinados derechos constitucionales
–ciertos bienes democráticos como, por ejemplo, la libertad de expresión o el
ejercicio de la huelga-- sin modificar la Constitución. Pues
bien, siguiendo a Pisarello ¿por qué los gobiernos tienen manga ancha y
discrecional para proceder a privatizaciones, a golpe de decreto, al
devastamiento de amplias parcelas del Estado de bienestar y sus bienes
democráticos?
Así pues, la Constitución requiere
se modificada: necesitamos que los «bienes democráticos» del Estado de
bienestar sea blindados al igual que los otros de naturaleza, digamos,
inmaterial.
Eso ocurre porque el pueblo, las fuerzas sociales que lo componen los consienten, así de cortito y así de claro
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